miércoles, 18 de octubre de 2017

Llegó el momento: SALARIOS.

Comunicado nº 7 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Grupo Parcial
Llegó el momento: SALARIOS.

 La semana pasada transmitimos a la Representación de la Empresa nuestra propuesta de tratamiento salarial para los más de 1.800 trabajadores y trabajadoras afectadas en esta negociación.

 Recogiendo lo que a nuestro criterio son las prioridades salariales del colectivo que representamos y teniendo en cuenta los objetivos definidos por la propia dirección de la Empresa para este proyecto de Convenio Único Parcial, nuestra propuesta se basa en las siguientes premisas:

  1)    …Unos incrementos salariales que tienen en cuenta la marcha actual de la empresa…

1.      La propia dirección reconoce como bueno el ejercicio económico de 2.016 y como muy alentadores los resultados previstos para 2017 (…los mejores de la última década…”, según ECOFIN).
2.      Es necesario hacer un especial esfuerzo para que todos los colectivos afectados por su nuevo Convenio se sientan identificados con él y esto pasa por, como mínimo, garantizar su poder adquisitivo, sea cual sea el Convenio de procedencia (CEPSA, CEPSA QUÍMICA, CCP, CBS, etc.).

Consecuentemente con ello, tendríamos que:
a) Actualizar todos los salarios con un incremento del 1,6% (IPC de 2016).
b) Consolidar un incremento salarial del 2% para el 2017, revisable a final de año si el IPC fuera superior.
Consideramos que es una evolución salarial razonable, totalmente concurrente con la prevista por nuestra competencia y alineada con el consenso en el país, en el sentido de hacer evolucionar los salarios al alza para propiciar el crecimiento y el empleo.
c) Consolidar incrementos del 1,5% para años sucesivos, si se firmase un acuerdo para más años, con actualización de IPC.

2)   ...Unos salarios razonables que se vayan situando en la media de nuestra competencia…

1)     En el Grupo existen colectivos (CBS, CCP, CECONOSA, TRADING, GAS Y ELECTRICIDAD, E&P…) con salarios impropios de una empresa que aspira a situarse entre las mejores en captación y retención del talento, y excelencia empresarial.
2)     Hemos analizado en profundidad los Convenios de nuestra competencia y, en términos medios, hemos encontrado que, según las diferentes categorías, los salarios base recogidos en ellos son sensiblemente más elevados que los del Convenio CBS/CCP. Concretamente, el mencionado Convenio está, según categorías profesionales:
·         Entre un 17,3 y un 27,1% por debajo de la media de nuestra competencia de perfil intermedio (excluyendo a CEPSA GRUPO y REPSOL).
·         Entre un 30,69 y un 36,86% por debajo del Convenio de REPSOL.
·         Si además tenemos en cuenta criterios de equidad interna, debemos considerar también que las desviaciones negativas del actual Convenio de CCP/CBS respecto al de CEPSA o CEPSA QUÍMICA están entre el 31,07 y el 47,85%.
Consecuentemente con todo lo anterior y tomando como referencia nuestra competencia de perfil intermedio, es el momento de ir estableciendo unos niveles salariales de referencia propios de una empresa como CEPSA, y que contribuyan, en clave de equidad interna, a disminuir la brecha salarial entre colectivos, por ello planteamos en este Convenio:


Nivel
Subida
1
27,1%
2
27,1%
3
27,1%
4
26,0%
5
24,3%
6
21,6%
7
18,8%
8
17,3%


Tomando como referencia los salarios base actualmente establecidos en el Convenio CCP\CBS, incrementos entre el 17,3 y el 27,1% según categorías profesionales:






3)     ...La antigüedad forma parte del salario y también debería tender a igualarse a la de la competencia…

Proponemos una retribución de la antigüedad similar a la media del país (en torno a los 600€ anuales), o una solución alternativa a explorar conjuntamente.

4)     …Es la gran oportunidad para homogeneizar los variables …
1.      Creemos que los déficits salariales deben resolverse con retribución fija, no con variable, más aun cuando la evaluación de éste se hace con un sistema con tan pocas garantías como el MIDE.
2.      Hay que partir no obstante del absoluto respeto de los derechos individuales adquiridos.

Planteamos la homogeneización de los variables para que no se produzcan agravios comparativos entre trabajador@s que desempeñan funciones similares.

Madrid, 18 de octubre de 2017.



                           logo UGT FICA Madrid

miércoles, 4 de octubre de 2017

EN MARCHA POR PENSIONES DIGNAS

EN MARCHA POR PENSIONES DIGNAS
El gobierno ha agotado el fondo de reserva y debemos salir a la calle a defender la viabilidad de nuestro sistema público de pensiones. Ante la posición del gobierno de suspender el diálogo social y no atender las demandas sindicales para garantizar el poder adquisitivo de las pensiones, CCOO y UGT han emprendido una marcha por Pensiones Dignas del 30 de septiembre al 9 de octubre, cuyas columnas se reunirán en Madrid este fin de semana.
Porque las pensiones es un derecho de toda la ciudadanía, debemos salir a la ofensiva a reclamar lo que nos están arrebatando. El próximo 7 de octubre a las 13:00 tendran lugar los actos de recibimiento de las columnas en Alcalá de Henares (Pza. de la Juventud) y en Collado Villalba (Pza. de la Estación).
El 8 de octubre domingo, a las 13:00 horas, tendrá lugar el acto público de las tres marchas en el pabellón Tomás y Valiente de Fuenlabrada. Y el día 9 de octubre lunes, a las 11:30, tendrá lugar la gran manifestación desde Atocha hasta la Puerta del Sol donde culminará la marcha.
Porque las pensiones es un derecho de todos, ponte en marcha por Pensiones Dignas y súmate a los actos de este fin de semana.

Comunicado nº 6 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Grupo Parcial



La sábana…

Este miércoles haremos llegar a la Representación de la Empresa (RE), nuestra propuesta económica (tratamiento de salarios, antigüedad, variables, etc…). Entramos en la fase definitiva del Convenio y os pedimos vuestra atención y apoyo. Tendréis conocimiento de dicha propuesta en cuanto sea oficialmente entregada a la Empresa. Pero antes de entrar a discutirla, tenemos que resolver otro tema fundamental, la denominada trasposición al nuevo Sistema de Clasificación Profesional.

La Empresa ha cambiado su sistema de Clasificación Profesional. Además de otros cambios en aspectos fundamentales que aún estamos discutiendo con la RE,  la aplicación del nuevo sistema implica que todos los niveles salariales de los Convenios actuales han de ser “encajados” en los niveles que define el nuevo sistema, cambiando en todo caso su denominación pues probablemente se use además una codificación alfabética en lugar de numérica.  

¿Va a afectar la trasposición a la retribución?

Como consecuencia de la trasposición prevemos que:

  • Un porcentaje mayoritario de puestos (en torno al 70-80%), mantendrá su actual clasificación. Ningún cambio por tanto para este porcentaje, salvo lo relativo a la denominación de su nuevo nivel.
  • Otro porcentaje de puestos, entre el 10-15%, verán asignado un nivel superior, ya sea porque el nuevo manual así clasifica su puesto o porque dicho puesto haya sufrido una revisión  reciente. En estos casos, existe promoción y como tal deberá ser tratada.
  • Finalmente, para otro porcentaje similar al anterior, el nuevo sistema asignará niveles salariales inferiores. Para estos casos, además de estrechar el control, como es obvio vamos a pedir a la Empresa que respete íntegramente la retribución.

          ¿Qué estamos haciendo desde la Representación de los Trabajadores?

        La Clasificación Profesional de todos los profesionales de la Compañía es responsabilidad exclusiva de la Empresa. Nuestras posibilidades en este terreno se limitan a intentar garantizar que dicha clasificación respeta la profesionalidad y los derechos salariales de los trabajadores. En este sentido:

  1. Hemos recibido la información con la nueva clasificación de todos los puestos de trabajo (puestos de trabajo, no personas) afectados por este Convenio y correspondientes a las posiciones del actual organigrama. Por el formato y tamaño de la información la denominamos “la sábana”.
  2. Llevamos más de una semana comprobando si dicha clasificación se ha hecho de forma homogénea (misma clasificación para las mismas funciones), y que efectivamente se han efectuado teniendo en cuenta la posición actual en los organigramas. Las dudas se trabajan en conjunto con la RE.
  3. Si se llega a un acuerdo final en este Convenio, ya está aceptada por la Empresa la constitución de una Comisión conjunta que estudiaría las posibles reclamaciones respecto a la trasposición.
  4. Ese será también el momento de comprobar que “el encaje” de niveles de los diferentes Convenios respeta los derechos respecto a la clasificación en ellos recogidos.
Madrid, 4 de octubre de 2017