lunes, 24 de julio de 2017

Derecho a la desconexión

En la actualidad No hay ningún país que tenga normativa específica en materia de desconexión digital. El caso francés ha sido pionero en la inclusión en su reforma laboral el "derecho a la desconexión", y en concreto se refiere en su texto indicando lo siguiente: "que sean las empresas las que negocian la condiciones con sus empleados/representantes"
En el caso de España se está estudiando por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, regular la posibilidad de reconocer el derecho de los trabajadores y trabajadoras a lo que llamamos "derecho a la desconexión" sin concretar de momento en medida alguna
Entendiendo que nuestra empresa quiere ser pionera en materia de Salud -de ahí sus constantes campañas- somos los trabajadores y trabajadoras a través de sus representantes los que entendemos y queremos que sea CEPSA líder en la solución de la problemática que vemos en nuestro día a día, en base a las reclamaciones que nos hacen los propios trabajadores y el hecho del conocimiento de algunos estudios de dominio público (gabinete Deloitte en 2015) que redundan en nuestra percepción de la problemática
Dicho lo anterior y entendiendo que el modelo a seguir es el del modelo francés "las empresas negocien con sus empleados" nuestra propuesta pasaría por tres vertientes
1.Campañas desde la propia empresa con el aval de su comité de Trabajadores con acciones informativas animando a la desconexión en aras de conciliación laboral 
2.Desarrollo de herramientas informáticas por las que, en un horario a negociar se "cierre el grifo" de recepción de emails y con la posibilidad de poder acceder a dicho buzón cuando por necesidades sea preciso
3.Seguimiento a través de la comisión pertinente empresa/comite de áreas donde existe alguna incidencia que se haya observado y poner los medios oportunos para su normalización y posible solución